Caso pericial · Lucro cesante VUT
El promotor vendió tu piso de obra nueva como VUT. Al entregar, el Ayuntamiento te deniega la licencia. Esto es cómo se cuantifica lo que pierdes y cómo se reclama —con metodología pericial real, no con un escrito de queja.
El promotor te enseñó plano, maqueta y catálogo. En la oferta, bien grande: «edificio con licencia de vivienda de uso turístico, listo para explotar». Precio premium, porque un piso que se puede alquilar por días vale más que uno que no. Firmaste, pagaste, esperaste la entrega.
Al entregar, vas a registrar tu vivienda en el Ayuntamiento como VUT y te la deniegan. El edificio cae en una zona saturada declarada por la Generalitat (Ley 13/2025 de Turismo de la Comunitat Valenciana), o la calificación urbanística no lo permite, o la Comunidad de Propietarios ya había votado en contra antes de que tú compraras. El promotor lo sabía —o debía saberlo— y lo vendió igual como explotable.
Lo que cuesta no es solo la frustración: un piso para VUT en la Costa Blanca genera, según zona y temporada, entre 2.000 y 3.500 € al mes de ingreso bruto. Ese mismo piso en alquiler de larga estación da 700-900 €. La diferencia es tu lucro cesante, y crece cada mes que el piso sigue sin licencia.
Vender como VUT un piso que legalmente no lo puede ser es un incumplimiento contractual con responsabilidad civil por los daños y perjuicios. No es opinión; es jurisprudencia.
Un dictamen serio no se queda en «he perdido dinero». Cuantifica tres conceptos:
El error más frecuente —incluso entre asesores— es calcular el lucro cesante sobre los ingresos brutos. El Tribunal Supremo exige rigor restrictivo y el art. 1106 CC habla de «la ganancia que haya dejado de obtener»: el beneficio neto, no la facturación.
Metodología defendible ante juez y contraparte:
Piso de obra nueva de 200.000 € en la Costa Blanca, comprado como VUT, 18 meses sin poder explotar turísticamente por denegación de licencia en zona saturada:
Cifras orientativas. La cuantificación real exige documentación específica de cada expediente.
El dictamen convierte tu «me vendieron algo que no era» en una cifra concreta y defendible, respaldada por la doctrina del deber de información del TS y la normativa turística valenciana:
Si vas a comprar un piso de obra nueva para explotarlo turísticamente, antes de firmar pide al promotor el número de expediente de la licencia turística del edificio y verifica su estado en la Conselleria. El catálogo no es licencia; la maqueta no es licencia.
Y si ya compraste y te denegaron la licencia VUT, tienes una reclamación civil seria contra el promotor —pero necesitas un dictamen pericial que cuantifique el lucro cesante, el daño emergente y la minoración del valor.
¿Te vendieron un piso como VUT que no se puede explotar? Cuéntame tu caso.
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